Seguro de vida con cobertura de fallecimiento

Los seguros de vida con la cobertura básica por fallecimiento protegen tanto en caso de enfermedad como de accidente. Independientemente del motivo que pueda causar el fallecimiento del asegurado, los beneficiarios designados en póliza o en el posterior testamento recibirán la indemnización contratada en la póliza.

Ejemplo de fallecimiento por cualquier motivo:

El tomador del seguro fallece por un ICTUS. La indemnización que recibirán los beneficiarios será:

Indemnización por fallecimiento por cualquier motivo: 100.000 €

Indemnización total = 100.000€

La indemnización que recibirán los beneficiarios dependerá del capital que se haya contratado.

Además, podremos ampliar esta indemnización eligiendo alguna de estas 3 coberturas adicionales en caso de que el fallecimiento se deba a una de estas causas:

  • Fallecimiento por accidente
  • Fallecimiento por accidente de circulación
  • Fallecimiento por accidente de circulación con orfandad total de los hijos

Expliquemos que es cada una de estas situaciones en detalle.

Cobertura de fallecimiento por accidente

Si adicionalmente contratamos la cobertura complementaria de fallecimiento por accidente, recibiremos una compensación correspondiente al doble del capital contratado cuando el fallecimiento sea causado por un accidente, y no sea por una enfermedad.

La cobertura de fallecimiento por accidente duplicará el capital de indemnización que hay contratado y los beneficiarios recibirán el doble dinero que si el fallecimiento del asegurado hubiese sido causado por una enfermedad.

Esta cobertura es recomendable para personas que realicen actividades o trabajos que puedan aumentar el riesgo de accidente ya que aumentan la cantidad de indemnización en esas situaciones de riesgo.

En personas a partir de mediana edad, las coberturas complementarias que cubren en caso de accidentes son más baratas que las que cubren causas de enfermedad, al eliminar este último riesgo, ya que provoca mayores aumentos en el precio del Seguro de Vida cada vez que cumplimos un año más.Las coberturas complementarias en caso de accidente no varían mucho el precio con la edad ya que el riesgo de accidente es casi idéntico en casi todas las edades.

Ejemplo de fallecimiento por accidente:

El tomador del seguro muere por un accidente de avión. La indemnización que recibirán los beneficiarios será:

Indemnización por fallecimiento por cualquier motivo: 100.000 €

Indemnización adicional de fallecimiento por accidente: 100.000 €

Indemnización total = 100.000€ por fallecimiento + 100.000 € por accidente = 200.000 €

Cobertura de fallecimiento por accidente de circulación

Habitualmente, esta cobertura la encontramos como cobertura complementaria a la de fallecimiento por cualquier motivo y a la de fallecimiento por accidente. Es decir, la de fallecimiento por accidente duplicará la indemnización de fallecimiento por cualquier motivo y la de fallecimiento por accidente de circulación triplicará la de fallecimiento por cualquier motivo.

Ejemplo de fallecimiento por accidente de circulación:

El tomador del seguro fallece por un accidente en coche. La indemnización que recibirán los beneficiarios será:

Indemnización por fallecimiento por cualquier motivo: 100.000 €

Indemnización adicional de fallecimiento por accidente: 100.000 €

Indemnización adicional de fallecimiento por accidente de circulación: 100.000 €

Indemnización total = 100.000€ por fallecimiento + 100.000 € por accidente + 100.000 por accidente de circulación = 300.000 €

Cobertura fallecimiento por accidente con orfandad total de los hijos

Esta cobertura la podemos encontrar en alguna compañía aseguradora como cobertura complementaria a la de fallecimiento por accidente de circulación’, en caso de un accidente de circulación del asegurado y su cónyuge, la aseguradora aumentará los capitales de indemnización para los hijos del matrimonio.

Ejemplo de fallecimiento por accidente de circulación con orfandad total de los hijos:

El tomador del seguro fallece por un accidente en coche y en ese mismo accidente también fallece la otra figura parental. La indemnización que recibirán los beneficiarios al estar en caso de orfandad será:

Indemnización por fallecimiento por cualquier motivo: 100.000 €

Indemnización adicional de fallecimiento por accidente: 100.000 €

Indemnización adicional de fallecimiento por accidente de circulación: 100.000 €

Indemnización adicional de fallecimiento por accidente de circulación produciendo la orfandad total de los hijos: 100.000 €

Indemnización total = 100.000€ por fallecimiento + 100.000 € por accidente + 100.000€ por accidente de circulación + 100.000 € por orfandad = 400.000 €

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Capital a asegurar en caso de fallecimiento:


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